¿Por qué fue Venezuela designada para TPS?
De acuerdo con el Sumario de la Designación de Venezuela para Status de Protección Temporal TPS e Implementación de Autorización de Empleo para Venezolanos cubiertos por DED (Deferred Enforced Departure) o Salida Forzada Diferida, Venezuela se enfrenta actualmente a una grave emergencia humanitaria.
Bajo la influencia de Nicolás Maduro, el país “ha estado en medio de una severa crisis política y económica durante varios años”. La crisis de Venezuela ha estado marcada por una amplia gama de factores, entre ellos: contracción económica; inflación e hiperinflación; profundización de la pobreza; altos niveles de desempleo; acceso reducido y escasez de alimentos y medicinas; un sistema médico severamente debilitado; la reaparición o el aumento de la incidencia de determinadas enfermedades transmisibles; un colapso de los servicios básicos; escasez de agua, electricidad y combustible; polarización política; tensiones institucionales y políticas; abusos y represión de los derechos humanos; crimen y violencia; corrupción; aumento de la movilidad y el desplazamiento humanos (incluida la migración interna, la emigración y el retorno); y el impacto de la pandemia COVID-19, entre otros factores.
¿Cuáles son las Características del TPS y DED para Venezuela?
TPS: TPS (Temporary Protected Status) es un estatus migratorio temporal otorgado a ciudadanos elegibles de un país designado para TPS bajo la INA, o personas elegibles sin nacionalidad que residieron habitualmente por última vez en el país designado. Otorgado por la Administración del Presidente Demócrata Joe Biden, con vigencia prorrogable desde el 09 de Marzo de 2021 hasta el 09 de Septiembre de 2022, se requiere una aplicación mediante una forma I-821 que debe ser enviada desde el 09 de Marzo hasta el 05 de Septiembre de 2021.
DED: DED es una suspensión administrativa de expulsión ordenada por el presidente. DED ha sido autorizado en situaciones en las que los ciudadanos extranjeros pueden enfrentar peligro si se les solicita regresar a países que experimentan inestabilidad política, conflictos u otras condiciones inseguras, o cuando existen otras razones de política exterior para permitir que un grupo designado de ciudadanos extranjeros permanezca en los Estados Unidos. Otorgado a última hora por la administración anterior, con vigencia hasta el 20 de Julio de 2022.
Ambos instrumentos legales vienen asociados con Autorización de Empleo, la cual debe solicitarse mediante una forma I-765, así como Autorización de Viaje la cual debe solicitarse mediante una forma I-131, de igual manera aun cuando tienen Costos de Aplicación, llamados “Fees”, estos pueden ser exonerados mediante la presentación de una Forma I-912
Ahora, para aquellos venezolanos que se encontraban en los Estados Unidos a la fecha de publicación de esta Normativa Legal, se presentan 4 escenarios diferentes:
1.- Venezolanos que tienen una Aplicación de Asilo pendiente de Entrevista
2.- Venezolanos que tienen una Aplicación de Asilo en Corte de Inmigración
3.- Venezolanos que tienen una Aplicación de Asilo pendiente de Entrevista, pero que aplicaron posterior al 25 de agosto de 2020, momento en el cual el Partido Republicano modificó el Manual de Aplicación de Asilo, extendiendo el periodo de espera para la primera Autorización de Empleo de 150 días a un Año y
4.- Aquellos Venezolanos que estaban presente dentro de los Estados Unidos al 19 de Enero o 09 de Marzo de 2021.
Partiendo de lo establecido en la NOTA de la Página de USCIS donde explica los detalles del TPS, que aclara lo siguiente: “TENGA EN CUENTA: Para recibir cualquier otro beneficio de inmigración, aún debe cumplir con todos los requisitos de elegibilidad para ese beneficio en particular. Una solicitud de TPS no afecta una solicitud de asilo o cualquier otro beneficio de inmigración y viceversa. La denegación de una solicitud de asilo o cualquier otro beneficio de inmigración no afecta su capacidad para registrarse para TPS, aunque los motivos de la denegación de esa solicitud también pueden llevar a la denegación de TPS.”
El TPS para los 2 primeros grupos es algo como la propaganda aquella donde aparecía Don Gilberto Correa que decía así: “Es preferible tenerlo y no necesitarlo, que necesitarlo y no tenerlo”
Luego el 3 Grupo, se beneficia, ya que puede aplicar inmediatamente por la Autorización de Empleo, aplicando al mismo tiempo al TPS.
Y el 4to Grupo, se beneficia de dos formas:
Una Aplicando al TPS y Autorización de Empleo al mismo tiempo y otra “detiene el reloj” en el caso de elegibilidad de Aplicación de Asilo dentro del primer año de haber ingresado a los Estados Unidos, siempre que este año no se haya cumplido.
Ahora viene la parte de las finanzas, esta es la tabla de Costos o Fees vigente para la Planilla I-821:
Volvemos a los grupos descritos anteriormente:
1.- Venezolanos que tienen una Aplicación de Asilo pendiente de Entrevista, ya tienen permiso de trabajo, solo requieren la forma I-821 TPS ($50) más Servicios Biométricos ($85) (Deben ser cancelados, ya que inclusive si ya hizo Huellas, recuperarlas y adicionarlas a este trámite tiene ese costo), TOTAL: $135
2.- Venezolanos que tienen una Aplicación de Asilo en Corte de Inmigración, ya tienen permiso de trabajo, solo requieren la forma I-821 TPS ($50) más Servicios Biométricos ($85) (Deben ser cancelados, ya que inclusive si ya hizo Huellas, recuperarlas y adicionarlas a este trámite tiene ese costo), TOTAL: $135
3.- Venezolanos que tienen una Aplicación de Asilo pendiente de Entrevista, pero que aplicaron posterior al 25 de agosto de 2020, NO tienen permiso de trabajo, requieren la forma I-821 TPS ($50) más Servicios Biométricos ($85) (Deben ser cancelados, ya que inclusive si ya hizo Huellas, recuperarlas y adicionarlas a este trámite tiene ese costo), más la forma I-765 ($410) TOTAL: $545
4.- Aquellos Venezolanos que estaban presente dentro de los Estados Unidos al 19 de Enero o 09 de Marzo de 2021. NO tienen permiso de trabajo, requieren la forma I-821 TPS ($50) más Servicios Biométricos ($85), más la forma I-765 ($410) TOTAL: $545
Recuerden que si no está en capacidad de cubrirlos pueden ser exonerados mediante la inclusión de una forma I-912 (Fee Waiver).
Documentos que deben anexarse a la Aplicación para el TPS:
1.- Evidencia de Identidad y Nacionalidad
- Una copia de su pasaporte;
- Una copia de su acta de nacimiento, acompañada de una identificación con foto; y / o
- Cualquier documento nacional de identidad con su fotografía y / o huella digital emitido por su país, incluidos los documentos emitidos por la Embajada o el Consulado de su país en los Estados Unidos, como una tarjeta de identificación nacional o un certificado de naturalización.
2.- Evidencia de Fecha de Entrada:
- Una copia de su pasaporte;
- Registro de llegada / salida I-94; o
- Copias de los documentos especificados en la sección “Evidencia de residencia continua (CR)” a continuación.
3.- Evidencia de Residencia Continua:
- Registros de empleo;
- Recibos de alquiler, facturas de servicios públicos, recibos o cartas de empresas;
- Registros escolares de las escuelas a las que usted o sus hijos han asistido en los EE. UU.;
- Registros hospitalarios o médicos relacionados con el tratamiento u hospitalización de usted o sus hijos; o
- Declaraciones de funcionarios de la iglesia, sindicato u otra organización que lo conozcan y donde haya estado residiendo.
Recuerden: “Es preferible tenerlo y no necesitarlo, que necesitarlo y no tenerlo”
Ahora que tengo la atención de algunos venezolanos, y justamente en estos predicamentos de Asilo, Permiso de Trabajo y Encontrarse en el Extranjero con nuestras familias separadas a la fuerza, por causa de las Políticas de Miseria y Terror impuestas por los Criminales que se encuentran en Miraflores, en Fuerte Tiuna y algunas Gobernaciones y Alcaldías de nuestro País, me parece imperativo compartir con Ustedes la Obra del Periodista Eladio Rodulfo González, quien se ha decidido a investigar y dejar constancia escrita en sus Publicaciones de las atrocidades de los Dictadores Hugo Chávez y Nicolás Maduro, menciono algunos: La Guerra del Dictador Hugo Chávez y Nicolas Maduro contra Comunicadores Sociales y Medios, El Asesinato de Oscar Pérez, Los Ojos Apagados de Rufo, Rómulo Betancourt medio Siglo de Historia.
Estos sujetos al mando de Nicolás Maduro se han dedicado a destruir la Prensa, Radio, Televisión, Las Bibliotecas y Hemerotecas Públicas, Incendiar Archivos y Saturar la Internet y Redes Sociales con propaganda chabacana diseñada por sus troles en Cuba y Rusia, con el fin de borrar la Memoria Histórica de la Nación y las Evidencias de sus Crímenes de Lesa Humanidad.
Como ciudadanos, estamos en la obligación de cultivar la Lectura y la Investigación en nosotros mismos y en nuestros Hijos y Nietos para así evitar que nos reescriban la historia estos rateros de oficio y que puedan regresar una vez que se logre su salida del Poder como lograron hacerlo los Kirchner y próximamente el exsocio de Chávez, Lula de Silva. Compre un Libro, Lea, Motive a sus hijos a la Lectura e Investigación y si tiene los Recursos Financieros suficientes compre un Lote de estas Publicaciones y Dónelas a Universidades, Liceos y Escuelas en Venezuela.
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